Grandes noticias para la movilidad eléctrica, actualizaciones del plan MOVES III en Andalucía. A partir del 15 de julio de 2025, se reabre el plazo para formalizar solicitudes bajo el programa de incentivos MOVES III 2025, destinado a impulsar la movilidad eléctrica en la comunidad autónoma andaluza. Esta convocatoria, gestionada por la Agencia Andaluza de la Energía, busca facilitar la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructuras de recarga.
¿Qué se incentiva en MOVES III Andalucía 2025?
El programa MOVES III Andalucía 2025 se estructura en dos actuaciones principales:
1. Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y pilas de combustible
Esta actuación se gestiona directamente a través de los concesionarios y está orientada a facilitar la compra de vehículos más eficientes y sostenibles.
2. Instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos
Esta es una de las actuaciones clave para fomentar la electromovilidad. Además del propio punto de recarga, la subvención cubre una amplia gama de costes asociados, incluyendo:
- El proyecto de instalación.
- La obra civil necesaria.
- Costes de ingeniería y dirección de obra.
- El cableado y su instalación, desde el cuadro eléctrico hasta el punto de conexión del vehículo.
- Incluso, se pueden subvencionar los costes de una unidad de producción renovable o almacenamiento local si están exclusivamente dedicados al punto de recarga en modo isla (incompatible con la conexión a red).
Es importante destacar que se podrán subvencionar las instalaciones iniciadas a partir del 1 de enero de 2025 para particulares, autónomos y PYMES.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas ayudas MOVES III Andalucía?
El programa MOVES III Andalucía está dirigido a un amplio abanico de potenciales beneficiarios, incluyendo:
- Las personas físicas mayores de edad.
- Las comunidades de propietarios.
- Las personas físicas que desarrollen actividades económicas (autónomos).
- Las personas jurídicas cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También, las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.
- Entidades locales y del sector público institucional que no ejerzan actividad económica.
Para ser beneficiario, es indispensable tener domicilio fiscal en España y la localización de la residencia habitual (para ciudadanos) o centro de actividad (para autónomos y empresas) dentro de la comunidad andaluza.
Aspectos destacados del programa MOVES III Andalucía
Para solicitar estas ayudas, es fundamental tener en cuenta los siguientes puntos:
- Solicitudes a través de entidades adheridas: Las solicitudes se tramitan a través de empresas instaladoras que estén adheridas al Plan MOVES III.
- Permiso municipal: La instalación deberá tener el permiso municipal correspondiente (licencia de obras o declaración responsable de ejecución de obras).
- Abono y cobro de la subvención: La actuación deberá ser abonada en su totalidad por el beneficiario, quien será quien cobre la subvención una vez ejecutada y justificada la instalación. La entidad adherida no soporta el incentivo.
Cuantías de los Incentivos para Instalaciones de Recarga
Las cuantías de los incentivos varían en función del tipo de beneficiario y la localización de la instalación:
| Tipo de Beneficiario | Ayudas para resoluciones desde el 01/01/2024 (Localización general) | Municipios <5.000 hab. |
| Particulares, autónomos, administración sin actividad económica en el mercado | 70% | 80% |
| Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público con potencia ≥50kW | 20% (40% mediana empresa, 50% pequeña empresa) | – |
| Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado (cualquier potencia) o de acceso público con potencia <50kW | 20% (30% pyme) | 20% (40% pyme) |
| Pymes que se acojan al Reglamento de minimis al realizar la solicitud, recarga acceso público con potencia ≥50kW | 45% mediana empresa, 55% pequeña empresa | 50% mediana empresa, 60% pequeña empresa |
Plazos de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de incentivos comenzará a las 9:00 horas del día 15 de julio de 2025. El referido plazo finalizará cuando se declare su conclusión por la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en su defecto, el día 31 de diciembre de 2025.
Para cualquier consulta o si necesitas ampliar información sobre el programa MOVES III en Andalucía, en Sur 37 estaremos encantados de atenderte y guiarte en la tramitación de estas ayudas.